viernes, 31 de mayo de 2013

El contrato único.

Como es sabido desde hace varios años, gobernando aún Rodríguez Zapatero, un grupo de 100 economistas firmaron una propuesta a favor de simplificar la maraña de contratos y subvenciones existentes en el ámbito laboral y crear un único contrato de carácter fijo con indemnización por despido progresiva. Según algunas filtraciones, el anterior Presidente del Gobierno quedó convencido de la explicación que le hicieron algunos de sus autores y lo planteó en el Consejo de Ministros de esa semana, encontrándose con la oferta de dimsión de su entonces Ministro de Trabajo.
Meses después volvió a surgir esta idea cuando el PP llegó al poder y estaba elaborando su Reforma Laboral, cuyos resultados son conocidos. En la actualidad la propuesta vuelve a surgir desde un comisario europeo y cuenta con la negativa del PP, el PSOE, la CEOE, la UGT y CCOO, ...., una extraña alianza de intereses extraños.
¿Por qué siguen algunos economistas defendiendo este contrato? El contrato consiste en establecer un sólo contrato de carácter fijo para todos los trabajadores. En la dinámica de la vida laboral, si una empresa tuviera que despedir a un trabajador que llevara un año trabajando, lo indemnizaría con el equivalente al salario de 12 de días, si fuera despedido al segundo año, pagaría 12 días por el primer año y 14 por el segundo. Si fuera al tercer año, 12+14 más 16 por el tercero y así sucesivamente hasta llegar a un tope de 30 días o la indemnización que se considerara oportuna.
¿Qué se pretendía con este contrato? Puesto que la tercera parte de los contratos eran temporales, a 6 mese por lo general, esta medida quería acabar con esta elevada temporalidad. ¿Por qué era tan elevada la temporalidad? Un contrato temporal se rescindía en 6 meses con una indemnización de unos 8 días y si superaba el máximo de 2 años de renovación de este contrato temporal la indemnización era de 45 días, un escalón que incentivaba la elevada temporalidad que teníamos.
¿Es buena tan elevada temporalidad? Indudablemente no. Los trabajadores no adquieren capital humano al rotar en tantos trabajos diferentes y alternar meses de trabajo con meses de paro. Las empresas utilizan una tecnología muy básica al tener un tercio de sus trabajadores rotando y sin formación específica. La productividad del país (valor creado por hora de trabajo) es muy baja y reduce la competitividad y, además, ante una caída de la demanda, el mercado laboral responde con un paro masivo dejando expirar estos contratos y no volviendo a sacarlos. En fin, lo que hemos visto en estos últimos años de crisis.
Una de las críticas al contrato único ha venido por la posible inconstitucionalidad del mismo debida a la causalidad del despido. Tiene que haber una causa para despedir y hay que diferenciar el despido procedente del improcedente.  Para evitar esta posible inconstitucionalidad, los economistas han respondido que se pueden establecer dos escalas igualmente progresivas. Una para el despido procedente con menos indemnización y otra más elevada e igualmente progresiva para el despido improcedente.  Otra crítica ha sido la posible dualidad que se originaría entre los nuevos contratos y los trabajadores existente con contratos fijos y derecho a 45 días de indemnización.  Esta cuestión la ha salvado el PP abaratando el despido a 33 días y a 20 en procesos de ERE.
El resultado de la reforma actual es que el mercado laboral va a superar ampliamente los seis millones de parados EPA, que el contrato de emprendedores ha sido un fracaso y que volvemos a contratar con carácter temporal en medio de un marasmo de modalidades contractuales y de subvenciones a veces incomprensibles. Seguramente los abogados laboralistas,  las Magistraturas de Trabajo, los académicos de la disciplina, los consultores laborales y las múltiples gestorías, preferiran el sistema actual, pero si queremos crear actividad y empleo, tenemos que simplificar el marco productivo de la economía española y da la impresión que el contrato único era una buena idea en esta dirección.